Martes, 30 de enero de 2024
El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión del día 30 de enero de 2024, ha adoptado el siguiente acuerdo:
“Acordar, a solicitud de Grupo Promotor de Desarrollo e Infraestructura, S.A. de C.V. registrada con fecha 23 de enero de 2024 y su complemento de fecha 29 de enero de 2024, que no resulta exigible la formulación de una oferta pública de adquisición de acciones de Duro Felguera, S.A., como consecuencia del porcentaje de derechos de voto que prevé alcanzar dicho accionista mediante capitalización de préstamos en las ampliaciones de capital aprobadas por la junta general ordinaria de accionistas de esta sociedad el 13 de abril de 2023, una vez que ha sido acreditado que concurren las circunstancias previstas en el artículo 8 d) del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores.”
El apartado d) del artículo 8 del Real Decreto 1066/2007 contempla el siguiente supuesto excluido de oferta obligatoria cuando se alcanza el control: “Adquisiciones u otras operaciones procedentes de la conversión o capitalización de créditos en acciones de sociedades cotizadas cuya viabilidad financiera esté en peligro grave e inminente, aunque no esté en concurso, siempre que se trate de operaciones concebidas para garantizar la recuperación financiera a largo plazo de la sociedad.”